La Corte Suprema dejó sin efecto el fallo que aumentaba sueldos de jueces chaqueños
Se trata de la presentación iniciada por el ministro del STJ de Chaco, Rolando Toledo, la cual establecía que el Ejecutivo debía equiparar el sueldo de jueces y representantes del Ministerio Público provincial con el de sus pares federales, argumentando un importante retraso salarial.
El caso llegó hasta el máximo tribunal de justicia de la Nación tras un recurso extraordinario interpuesto por la provincia a través de la Fiscalía de Estado.
Finalmente, con los votos favorables de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia del STJ.
En su decisión, los ministros que conformaron la mayoría coincidieron en señalar que la provincia demandada había reconocido que, durante un largo período, los salarios de los jueces habían sufrido un ostensible deterioro, lo que lesionaba la garantía de intangibilidad.
Sin embargo, señalaron que el Superior Tribunal no podía, a los fines de reestablecer la garantía vulnerada, fijar para el futuro un mecanismo mediante el cual se debía equiparar las remuneraciones de los actores con las de los magistrados federales equivalentes, pues ello implicaba desconocer el principio de división de poderes e invadir competencias legislativas, violando de esta manera lo dispuesto en el artículo 154 de la Constitución Provincial que establece que es una atribución del legislador provincial regular y fijar el régimen salarial de los magistrados locales.

